Todas las claves de la rebaja del IVA al 4%
La rebaja del tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para las primeras entregas de vivienda para el periodo comprendido entre el 20 de agosto y el 31 de diciembre de 2011, aparte de la polémica sobre si se trata de medida una suficiente para animar la venta del stock de viviendas actual, ha generado una serie de interrogantes que alimentan una amplia polémica entre la Agencia Tributaria y los asesores fiscales sobre algunos de los aspectos complicados en la aplicación del Impuesto.
La medida, recogida en la Disposición Transitoria cuarta del Real Decreto-Ley 9/2011, de 19 de agosto, estipula que "con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley y vigencia exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2011, se aplicará el tipo reducido del 4 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes a las que se refiere el número 7.º del apartado uno.1, del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA ".



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